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MARCO FUNCIONAL

Ley de Administración Financiera y Sistema de Control del Sector Público
Ley N° 13.767 y Dto. Reglamentario N°3260/08

Esta es una herramienta que posibilita más transparencia en los mecanismos de obtención, aplicación y control del uso de los recursos públicos, en función de los objetivos y políticas definidas. Gracias a esta norma, la Tesorería General de la Provincia, se convierte en el Organo Rector del Subsistema de Tesorería, el cual junto con los Subsistemas Presupuestario, de Crédito Público y de Contabilidad, conforman la Administración Financiera del Estado Provincial, con la coordinación y supervisión del Ministerio de Economía.

  • Marco Funcional

    El Subsistema de Tesorería está compuesto por el conjunto de órganos, normas y procedimientos que intervienen en la recaudación de los ingresos y en los pagos que configuran el flujo de fondos de la Provincia de Buenos Aires, así como en la custodia de las disponibilidades que se generen (Art. 67 de la Ley 13.767)

    Asimismo, la Tesorería General trabaja en la coordinación entre la recaudación de ingresos y obligaciones de pago originadas en dependencias del Sector Público Provincial, para elaborar en forma eficiente el Presupuesto de caja (Art. 69 Inc. 7 de la Ley 13.767).

  • Marco Normativo

    La Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, como órgano rector del Subsistema de Tesorería, coordinará el funcionamiento de todas las Unidades de Tesorería que conforman el flujo de fondos de la Provincia de Buenos Aires, dictando las normas y procedimientos bajo el principio de centralización normativa y descentralización operativa (Art. 68/69 de la Ley 13.767)

    Para acceder al conjunto de normas, leyes, decretos, resoluciones y disposiciones vinculadas al Subsistema de Tesorería consulte (AQUI)

  • Sistema de Cuenta Única

    INTRODUCCIÓN

    La Cuenta Única del Tesoro es un instrumento operativo de manejo de los fondos públicos, vinculada al Subsistema de Tesorería, que funciona integrada a los demás Sistemas de Administración Financiera, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 74 de la Ley 13.767

    Su implantación constituye una herramienta esencial para lograr una moderna y más segura gestión en el manejo de los fondos públicos, y alcanzar el gerenciamiento pleno y transparente de los mismos.

    MODELO CONCEPTUAL

    El concepto general de Cuenta Única está basado fundamentalmente, en el mantenimiento de una sola Cuenta corriente bancaria, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, denominada Cuenta Única del Tesoro, operada exclusivamente por la Tesorería General de la Provincia.

    A su vez existirá un conjunto de Cuentas escriturales cuyos titulares son las Jurisdicciones, donde se acreditarán los recursos provenientes de rentas generales, de fondos propios, afectados y fuentes financieras de las jurisdicciones y entidades que integran el Sistema de Cuenta Única.

    Adicionalmente, la Tesorería General conoce los saldos de las Cuentas bancarias recaudadoras de todos los organismos de la Provincia, que se consolidan diariamente con el saldo de la Cuenta Única del Tesoro para obtener la Posición Financiera Total y poder así hacer más eficiente el uso de las disponibilidades de fondos públicos en cuentas bancarias.

    Por otra parte, a través de la Cuenta Única del Tesoro son realizados todos los pagos para la cancelación de las obligaciones contraídas por las Jurisdicciones de la Administración Central, o entregas de fondos a Organismos extrapoder y descentralizados en el marco de la ejecución de los programas presupuestarios.

    REGISTRO DE INGRESOS

    Los ingresos por recaudación, tanto de la Administración Central como de los Organismos Descentralizadas, de cualquier fuente de financiamiento u origen, fluyen a las cuentas recaudadoras habilitadas al efecto en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

    Por definición, todo ingreso de recurso por recaudación es registrado en el Sistema de Cuenta Única a partir de una cuenta recaudadora.

    Diariamente, el Banco de la Provincia de Buenos Aires procede a transferir el saldo de cada una de estas cuentas recaudadoras a la Cuenta Única del Tesoro, o sea, el total de los recursos colectados en el día. Además, suministra a la Tesorería General información respecto de dichas transferencias a través de extractos bancarios de las cuentas recaudadoras y el de la Cuenta Única del Tesoro, a fin de aportar información al proceso de conciliación bancaria.

    El módulo de Ingresos permite que se registren en el Sistema de Administración Financiera todos los recursos ingresados a la Cuenta Única del Tesoro que se originaron por recaudación.

    REGISTRO DE EGRESOS

    El módulo de Pagos permite que la Tesorería General autorice pagos que son formalizados a través de la emisión de un medio de pago contra la Cuenta Única del Tesoro, denominado "Planilla de transferencia bancaria".

    Hasta el cierre de las operaciones del día, dichas órdenes son agrupadas en lotes que son enviados al Banco de la Provincia de Buenos Aires a través de las plataformas de pago en línea Interbanking y Banca Empresa de Red Link, para la efectiva acreditación de los importes en las cuentas bancarias de los beneficiarios pertinentes.

    El pago se realiza centralizadamente por la Tesorería General o por las Unidades de Tesorería, de acuerdo a la reglamentación vigente, invariablemente a partir de una Orden de Pago emitida por la Dirección General de Administración, o la oficina que haga sus veces, integrada a cada una de las estructuras organizativas e intervenida por la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.

    También se realizan pagos por otros medios, cheques y cheques diferidos y que son utilizados como excepción y ante situaciones especiales que justificadamente habiliten a utilizar estos medios de pago. Los mismos son emitidos y registrados en el Sistema de Administración Financiera, cumpliendo con sus propios requisitos para la administración y control.

    Como se ha definido anteriormente, el esquema de Cuenta Escriturales. En estas últimas se impactan automáticamente los pagos que realicen, cualquiera fuere el medio de pago utilizado, en función a la vinculación existente según el mapa de partida presupuestaria o extrapresupuestaria a la que se debe imputar la erogación.

    CONCILIACIÓN BANCARIA

    El proceso de Conciliación Bancaria llevado a cabo en la Tesorería General combina procesos automáticos con procesos manuales: El proceso automático está habilitado para los recursos que se registran a partir de la información digital de extractos bancarios suministrada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires del débito realizado en cada cuenta bancaria recaudadora y su respectivo crédito en la Cuenta Única del Tesoro. A su vez, a cada egreso producido en la Cuenta Única del Tesoro por las transferencias en lotes que son enviados al Banco de la Provincia de Buenos Aires a través de las plataformas de pago en línea Interbanking y Banca Empresa de Red Link o egresos por otros medios de pago, son conciliados con los registros propios del Libro banco del Sistema de Administración Financiera por la Tesorería General.

  • Medios de pago

    MEDIOS DISPONIBLES

    Transferencias Bancarias vía Electrónica (inmediatas y diferidas)

    Cheque “No a la Orden”

    Cheque Diferido

    CONDICIONES PARA EL COBRO

    Para que se habilite a cobrar por medio de Transferencia Bancaria, es indispensable que el beneficiario del pago haya informado con antelación, a través de la Jurisdicción que efectuó la Gestión del Gasto, la existencia de una cuenta bancaria en cualquiera de las sucursales del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

    Para mayor información sobre Requisitos para el cobro consulte (AQUI)

    EXCEPCIONES

    En el caso que un acreedor Proveedor o Contratista no posea cuenta en Banco de la Provincia de Buenos Aires y tenga que cobrar una Orden de pago por única vez podrá tramitar una excepción indicando una Cuenta de otro Banco, que será evaluada por la Tesorería General en el marco de la Resolución Nº 188/10