En esta sección se organizan los contenidos para facilitar el acceso a información de interés para proveedores y contratistas del estado, referente a temas de gestión de pagos.
-
Bonos de Cancelación de Deuda (BCD)
PARA PROVEEDORES DE PBA
El Bono de Cancelación de Deuda es un instrumento que emite la Provincia de Buenos Aires, para cumplir con las obligaciones a su cargo, sin desatender las situaciones prioritarias que también le competen, generando asimismo para los acreedores, un flujo financiero tendiente a dar continuidad a las actividades que les son específicas.
Modalidad del trámite
El trámite se inicia a través del Portal de Servicios de Tesorería General, en modalidad Autogestión. Para conocer los requisitos y como se obtiene, vea la información del detalle de la operatoria.
Contacto y Consultas
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Emisión
Consulte los términos y condiciones financieras en la Normativa de Emisión.
Los proveedores podrán ingresar en el aplicativo y realizar la Solicitud de Bonos. Luego del análisis de las solicitudes, se establecerá un turno para la firma del contrato y la colocación de bonos a la cuenta comitente del acreedor.Preguntas Frecuentes
Para obtener más información, puede entrar a las siguientes preguntas frecuentes, donde encontrará respuesta inmediata sobre las cuestiones más consultadas sobre el Bono de Cancelación de Deuda.
Normativa
Resolución de Emisión de Bonos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y su modificatoria
DESCARGAR RESO-2020-293-GDEBA-MHYFGP
DESCARGAR RESO-2020-450-GDEBA-MHYFGP
DESCARGAR NO-2021-13830988-GDEBA-DPDYCPMHYFGP
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/09/2020 al 06/12/2020
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/12/2020 al 06/03/2021
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/03/2021 al 06/06/2021
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/06/2021 al 06/09/2021
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/09/2021 al 06/12/2021
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 07/12/2021 al 07/3/2022
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 7/3/2022 al 06/06/2022
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 7/6/2022 al 06/09/2022
DESCARGAR Tabla de evolución del Valor Técnico del 11/10/2022 al 10/01/2023
Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Tesorería General
DESCARGAR RESOC-2020-3-GDEBA-TGP
DESCARGAR RESOC-2020-4-GDEBA-TGP
DESCARGAR RESOC-2020-5-GDEBA-TGP
DESCARGAR IF-2020-18038686-GDEBA-TGP Modelo de Contrato Bonos 2020
DESCARGAR Convenio entre Banco Provincia - Ministerio de Hacienda y TGP
DESCARGAR Adenda al Convenio
Resolución de Tesorería General aprobando el procedimiento
DESCARGAR RESO-2020-163-GDEBA-TGP
DESCARGAR Procedimiento de Bonos de Cancelación de Deuda
Información de Interés
DESCARGAR Información sobre Préstamo Banco Provincia
DESCARGAR Información sobre gestión de bonos en mercado secundario - Provincia Bursatil
DESCARGAR Información sobre Código ISIN asignado por la Caja de Valores S.A
Procedimiento y Manual de usuario
DESCARGAR Intructivo de Bonos de Cancelación de Deuda - Acreedor
DESCARGAR Manual de Usuario del Aplicativo BCD- Acreedor
DESCARGAR Diccionario de Estados de Bonos.
-
Certificados de Obra Negociables
Se deberán presentar los certificados originales en la MESA DE ENTRADA, de la Tesorería General.
LOS DÍAS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES DE 10 A 13 HS.
-
Autoregistro
Para obtener un usuario de consulta, utilice la opción de Autorregistro.
Podrá crear un USUARIO en cuatro simples pasos.
Durante este proceso será requerida información que debería buscar previamente.
Paso 1: Será requerido su número de CUIT y CBU de la cuenta bancaria que ha declarado en alguno de los Organismos Públicos de la provincia para el cobro de sus acreencias.
Nota: Podrá crear un USUARIO a través del Autoregistro, sólo si ha recibido algún pago desde 01/01/2018.Paso 2: Será requerida información de validación de algún número de factura que se encuentre pendiente o haya sido pagado desde el 01/01/2018.
Paso 3: Serán requeridos datos de contacto y será verificada la validez de la cuenta de correo, mediante el envío de un código de confirmación.
NOTA: Frecuentemente los servidores de HOTMAIL detectan los envíos de nuestro correo como spam. Si presenta inconvenientes intente utilizando otra cuenta.
Paso 4: Serán presentados los Términos y Condiciones para su aceptación.
Ante cualquier duda comuniquese vía e-mail con:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
ó telefónicamente a Mesa de Ayuda, 429-4400 interno 84633. -
Consulta de Pagos (CDP)
La Consulta de Pagos es una aplicación donde los acreedores podrán obtener información sobre la liquidación del pago de facturas y las retenciones practicadas.
Pagos de ejercicio 2018 en adelante
DESCARGAR Manual de usuario Aplicativo CDP - Consulta de Pagos Proveedores y Contratistas
Sus credenciales (usuario y clave) sirven para ingresar en la nueva aplicación
https://sigafpba.tesoreria.gba.gov.ar.Si ustede aun no posee Usuario de acceso, puede gestionarlo a través de la opción de AUTOREGISTRO.
-
Condiciones para el Cobro
La Tesorería General efectuará los pagos por transferencia bancaria o pago electrónico a una cuenta bancaria de titularidad del acreedor, que el mismo posea en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Más Información sobre medios de pago consulte la Resolución 188/10.
-
Retenciones Impositivas
Este Organismo en su carácter de Agente de Retención, aplicará retenciones conforme a las distintas normativas aplicables a los pagos que realiza.
Esquema sobre retenciones impositivas (gráfico) Descargar
1) Impuesto a las Ganancias Descargar
Tesorería General. Por R.G. 1817/05, está obligada a consultar la página web de la A.F.I.P., para verificar la situación fiscal de los proveedores y contratistas, antes de efectuar las operaciones de pagos de expedientes que ingresan a éste Organismo.
Asimismo, por Resolución General 1815, éste Organismo se encuentra obligado a consultar el archivo de Registro de Entidades Exentas, en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, http://www.afip.gov.ar, cada vez que se efectúe una operación con una entidad exenta, según lo establece el artículo 17 de la mencionada Resolución General.2) Impuesto al Valor Agregado Descargar
A partir del 1° de Noviembre del 2006 por Resolución de la A.F.I.P. N°2136/06 se incorporó a la Tesorería General como Agente de Retención del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)
3) Ingresos Brutos Descargar
A fin de que ésta Tesorería General, efectúe correctamente las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los proveedores y contratistas deberán presentar:
- Constancia de Declaración Jurada de Convenio Multilateral (CM 05) ultima vencida.
- Resolución de exención en el presente tributo, (otorgada por el Código Fiscal, no siendo válidas las exenciones obtenidas por tipo de actividad, según las leyes 11490 y 11518.4) Impuesto de la Seguridad Social (ver detalle) Descargar
5) Resolución General AFIP N° 4162/2017 Descargar
Constancia de inscripción o consulta de la condición tributaria vía “Internet”. Resolución General N° 1.817, su modificatoria y su complementaria. Su modificación.
-
Medidas de afectación patrimonial
El Registro General de Cesiones, Fideicomisos, Prendas, Embargos, Concursos y Quiebras, estará a cargo de la Tesorería General de la Provincia.
Asimismo, las Tesorerías Sectoriales, u oficinas que hagan sus veces, de cada Jurisdicción o Entidad de la Administración Pública Provincial deberán llevar un Registro Sectorial propio de aquellas medidas de afectación patrimonial judicial y contractual de las que resulten notificadas.
Se comunica que a partir del 01-02-2011 no se recibirán Cesiones, Fideicomisos, Prendas o Embargos que no reúnan los requisitos establecidos en la Resolución Nº 188/10, dictada por el Señor Tesorero General de la Provincia vigente a partir del 15 de enero de 2011.
-
Certificado de Liquidación Provisoria (CLP)
PARA CANCELACIÓN DE DEUDA CON PROVEEDORES DE PBA
Esta herramienta es una garantía que otorga el Gobierno de la Provincia para que los proveedores y contratistas del Estado Provincial, puedan hacerse de liquidez en menos tiempo, en función de la deuda que posean en la Tesorería General. El Certificado de Liquidación Provisoria puede ser ofrecido como garantía en operatorias de préstamos a formalizar con el Banco Provincia a una tasa preferencial.
IMPORTANTE: Para la suscripción del CLP y su posterior cesión con el Banco Provincia se recuerda a los Proveedores y Contratistas que, deberán encontrarse libres de Inhibición General de Bienes y constatar oportunamente dicha situación con el correspondiente informe.
Modalidad del trámite
El trámite puede realizarse en el Portal de Servicios de Tesorería General, en modalidad Autogestión, completamente en línea. Para conocer los requisitos y como se obtiene, vea la información del detalle de la operatoria.
Plazos
Primera Emisión
Del 6 al 17 de abril: los proveedores podrán ingresar en el aplicativo y realizar la Solicitud del Certificado.
Del 20 al 24 de abril: Se realizará un análisis de las solicitudes.
A partir del 24 de abril: Se comenzarán a disponibilizar los certificados digitales para los proveedores que calificaron para esta opción. Esta comunicación se realizará al correo declarado.Segunda Emisión
Del 20 al 30 de abril: los proveedores podrán ingresar en el aplicativo y realizar la Solicitud del Certificado.
Del 4 al 8 de mayo: Se realizará un análisis de las solicitudes.
A partir del 11 de mayo: Se comenzarán a disponibilizar los certificados digitales para los proveedores que calificaron para esta opción. Esta comunicación se realizará al correo declarado.Tercera Emisión
Del 1 al 12 de Junio: los proveedores podrán ingresar en el aplicativo y realizar la Solicitud del Certificado.
Del 15 al 19 de Junio: Se realizará un análisis de las solicitudes.
A partir del 22 de Junio: Se comenzarán a disponibilizar los certificados digitales para los proveedores que calificaron para esta opción. Esta comunicación se realizará al correo declarado.Cuarta Emisión
Del 27 al 31 de Julio: los proveedores podrán ingresar en el aplicativo y realizar la Solicitud del Certificado.
Del 3 al 4 de Agosto: Se realizará un análisis de las solicitudes.
A partir del 5 de Agosto: Se comenzarán a disponibilizar los certificados digitales para los proveedores que calificaron para esta opción. Esta comunicación se realizará al correo declarado.Preguntas Frecuentes
Para obtener más información, puede entrar a las siguientes preguntas frecuentes, donde encontrará respuesta inmediata sobre las cuestiones más consultadas sobre Certificado de Liquidación Provisoria.
Contacto y Consultas
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Normativa
Descargar Resolución de Tesorería General modificatoria de plazos de caducidad. Nuevo
Descargar Decreto 496/09
Descargar Anexo 2 del Decreto 496/09: Convenio de Colaboración Ministerio de Economía, Tesorería General y el Banco Provincia.Descargar Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Tesorería General RESOC-2020-1-GDEBA-TGP, por la que se aprueba la adenda al citado Convenio de Colaboración.
Descargar Adenda del Convenio de Colaboración.Descargar Resolución de Tesorería General aprobando el procedimiento.
Procedimiento y Manual de usuario
Descargar Certificado Liquidación Provisoria
Descargar Manual de Usuario CLP